El Gobierno de Javier Milei y su extraña visión de la libertad.
Todos hemos visto al vocero Manuel Adorni protagonizar papelones en sus conferencias matutinas y con frecuencia trastabillar ante cualquier pregunta incomoda de los trabajadores que asisten a diario a Casa Rosada. Lejos de prepararlo o mejorar el abanico de respuestas, la solución que pretende imponer el Gobierno de Javier Milei es nada más y nada menos que una embestida a la libertad de prensa que pretenden disfrazar de “regulación”.
¿Viva la libertad?, carajo. Está claro que la palabra libertad tiene una explicación particular para los libertarios. Hoy, resucitando una ley de 1.944, Milei y su pandilla intentan avanzar exigiendo la matriculación de empresas y trabajadores, convirtiendo esto en requisito necesario para participar de las mañaneras de Adorni, entre otras conferencias de prensa del gabinete.
Con un carismático posteo, quisieron convencer sobre las “ventajas” de esta iniciativa, disimulando el atropello a la libertad, de los libertarios.
Ante esto, el Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) denunció que el gobierno nacional, desde el Ministerio de Capital Humano inició un empadronamiento de periodistas, contrario a la libertad de expresión vigente en el país. Además de señalar con preocupación el retiro de la acreditación como periodista en la Casa Rosada de Silvia Mercado, de Memo Diario y otros medios, sin mediar justificación alguna.
En la misma mañana y ante la evidente y espantosa contradicción, el Ministerio de Capital Humano metió marcha atrás el carácter de obligatorio del trámite fue eliminado de la página oficial, que también desapareció por completa minutos después. También fue dado de baja el tuit original “para no generar confusión”.
Seguido de esto, la crónica del papelón anunciado, es decir, la conferencia de prensa de Adorni de hoy, fue suspendida.
El comunicado de FOPEA:
La colegiación obligatoria, que implica la matriculación y la autorización del Estado nacional para que cualquier persona ejerza la profesión de periodista, fue incluida por el gobierno nacional en 1947 y rigió hasta 1985 en que, en virtud de la decisión de la Corte Interamericana, dejó de utilizarse en forma absoluta. Generaciones enteras de periodistas ni siquiera conocen la norma y jamás han tramitado su matrícula. Hoy, la ministra de Capital Humano agravia la libertad que su partido dice defender, pretendiendo condicionar, limitar, vigilar y restringir el acceso a la libertad de expresión y al ejercicio de la profesión de informar. El derecho a expresar las ideas por la prensa sin censura previa es de todos, como lo marca la Constitución Nacional y el ordenamiento jurídico internacional con rango constitucional.
FOPEA exige al Ministerio de Capital Humano que corrija su error y elimine la obligatoriedad de aplicación de una norma que cayó en desuetudo por incompatibilidad con el orden jurídico y por falta de uso concreto y continuo durante décadas.
Antecedentes: Costa Rica aprobó en 1969 una ley de colegiación obligatoria de periodistas y, en 1985, acudió a la Corte Interamericana a consultar si esa norma colisionaba con el artículo 13 de la Convención Americana de los Derechos Humanos. La Corte IDH manifestó que la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH) en su artículo 13 establece que la libertad de expresión comprende tanto el derecho de las personas a expresar su pensamiento como el derecho a buscar, recibir y difundir ideas e informaciones de todo tipo. Y estableció que cualquier restricción a la libertad de expresión de una persona es también una restricción al derecho de la sociedad a recibir sus ideas e informaciones.
Recordó que “el periodismo es la manifestación primaria y principal de la libertad de expresión del pensamiento y, por esa razón, no puede concebirse meramente como la prestación de un servicio al público a través de la aplicación de unos conocimientos o capacitación adquiridos en una universidad o por quienes están inscritos en un determinado colegio profesional, como podría suceder con otras profesiones, pues está vinculado con la libertad de expresión que es inherente a todo ser humano”.
Por lo tanto, las razones de orden público admisibles para la colegiación de otras profesiones no pueden invocarse en el caso del periodismo. Esto es así porque en el caso específico de los periodistas, la colegiatura acarrea una limitación permanente para los no colegiados al impedirles ejercer plenamente su libertad de expresión.
Por todo ello, resolvió que la ley costarricense era incompatible con la Convención. Lo mismo sucede con el articulado correspondiente a la colegiación y matriculación incluidos en el Estatuto del Periodista Profesional Argentino que, por ese motivo, dejó de aplicarse en la práctica y de ser exigido y exigible para el normal y legal ejercicio del periodismo.